People Yield Código ético

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PRINCIPIOS

1. RESPETO PERSONAL: People Yield (PY) no tolerará ninguna forma de discriminación ni de acoso; PY garantiza a todos los interesados la misma dignidad y el respeto a la persona, esforzándose por crear y mantener un entorno de trabajo en el que todos los empleados y colaboradores del grupo estén protegidos.

2. EQUITY: People Yield se compromete a mantener una conducta justa con todas las partes interesadas, especialmente con sus empleados/colaboradores y clientes. People Yield reconoce la igualdad de oportunidades y asume actitudes justas con los clientes, proveedores y competidores.

3. MERITOCRACIA Y CRECIMIENTO PROFESIONAL: People Yield se compromete a recompensar el mérito de sus empleados a través de la promoción profesional y también promueve las habilidades y el crecimiento profesional prestando especial atención a la actualización constante de las competencias, apoyando las perspectivas de carrera y la empleabilidad de sus empleados y colaboradores.

4. INTERÉS DEL CLIENTE: People Yield, operando en interés del cliente, no considera únicamente al cliente individual del encargo, sino a toda la organización-cliente en cuyo nombre y por cuya cuenta se realiza el encargo. People Yield lleva a cabo los encargos encomendados por el cliente con diligencia y cuidado, teniendo en cuenta la confianza que el cliente deposita en PY y poniendo de manifiesto los verdaderos intereses del cliente. People Yield respeta la propiedad intelectual y los activos del cliente.

5. CONFIANZA Y TRANSPARENCIA: People Yield opera de tal manera que justifica y salvaguarda la confianza depositada en ella persiguiendo constantemente los intereses del cliente. People Yield lleva a cabo sus actividades de acuerdo con el principio de transparencia y se compromete a sacar a la luz cualquier problema para que cada parte interesada esté en condiciones de tomar sus propias decisiones de manera responsable y prudente.

6. OBJETIVIDAD E IMPARCIALIDAD: En la formulación de sus opciones y soluciones, People Yield actúa de forma objetiva e imparcial, persiguiendo el interés del cliente y evitando los conflictos de intereses. En caso de que surjan dichos conflictos, el asesor tratará, mediante acuerdos imparciales, de equilibrar de forma justa los intereses de todas las partes implicadas.

7. CONFIDENCIALIDAD Y PRIVACIDAD: People Yield garantiza la confidencialidad de toda la información confidencial de las partes interesadas que posee y opera de acuerdo con la legislación vigente en materia de privacidad.

8. COMPETENCIA LEAL: People Yield compite con sus competidores de forma justa y en el mejor interés del cliente.

9. LEGALIDAD: People Yield tiene como principio obligatorio el respeto de las leyes, reglamentos y normas vigentes en todos los países en los que opera. People Yield rechaza los encargos que impliquen la violación de las leyes.

10. RESPONSABILIDAD SOCIAL: People Yield opera en interés del bien común guiando a sus clientes hacia soluciones sostenibles desde el punto de vista financiero, social y medioambiental. La empresa se compromete a que las consecuencias, aunque no sean inmediatas, de sus actividades de consultoría sean socialmente responsables.

11. IMAGEN CORPORATIVA: Todos los empleados y colaboradores de People Yield protegen la imagen, la reputación y la marca de la empresa, así como las de los clientes con los que trabajan.

 

LAS RELACIONES CON LOS CLIENTES Y SUS INTERLOCUTORES

La profesionalidad, la competencia, la utilidad, la equidad y la cortesía son los principios rectores que los Destinatarios del Código deben seguir en sus relaciones con los clientes y que, con vistas a una colaboración y asistencia continuas, tienen como objetivo garantizar la satisfacción y la confianza de los clientes.
Para proteger la imagen y la reputación de la empresa People Yield, es esencial que las relaciones con los clientes estén marcadas:
- total transparencia y equidad;
- cumplimiento de la ley, con especial referencia a la lucha contra el blanqueo de capitales y
disposiciones contra la usura;
- independencia de toda forma de condicionamiento, tanto interno como externo,
- a través de un análisis lúcido y veraz de la tarea en cuestión.
La empresa sólo acepta encargos para los que es competente y, en cualquier caso, no ofrece servicios de consultoría si está convencida de que son perjudiciales para la empresa y/o la organización del cliente, incluidos los grupos de interés del cliente.
Antes de proceder a la licitación, siempre se realiza una evaluación de riesgos del proyecto; esta evaluación abarca los siguientes aspectos:
- Problemas potenciales, tanto económicos y financieros como técnicos y estratégicos;
- La disponibilidad de recursos (tanto en términos cualitativos como cuantitativos);
- El contenido del proyecto en relación con posibles cuestiones técnicas o contractuales;
- Posibles problemas (si los hay) de carácter técnico-organizativo relacionados con la
gestión del proyecto.
En concreto, toda oferta realizada por el consultor que tenga un impacto económicamente significativo en el cliente va acompañada de un análisis del proyecto que toma en consideración la naturaleza, el alcance y la magnitud de la intervención ofrecida, teniendo en cuenta los efectos directos e indirectos de los resultados y las consecuencias correspondientes en todas las partes interesadas.
La evidencia de un alto riesgo del proyecto puede llevar a la interrupción de la tramitación de la oferta y al abandono del encargo.
En las relaciones con los clientes y consumidores, la Empresa asegura la equidad y claridad en las negociaciones comerciales y en la asunción de las obligaciones contractuales, así como el cumplimiento fiel y diligente de las obligaciones pactadas. En concreto, la empresa se compromete a proporcionar una información siempre completa, transparente y comprensible para todos, cuidando que la comunicación sea precisa y fiel, para permitir a los destinatarios tomar decisiones informadas sobre las actividades desarrolladas por la misma y los servicios ofrecidos.
Durante la fase de oferta comercial con el cliente, PY se compromete a formalizar de forma transparente y clara los principales aspectos relacionados con la prestación del servicio, definiendo
- contenidos y enfoques metodológicos;
- compromisos y responsabilidades;
- resultados esperados (cuantificados con precisión cuando se requiera un compromiso de resultados);
- el tiempo;
- recursos necesarios en términos de medios/personas.
En las situaciones en las que el cliente no puede verificar el trabajo, la empresa se comporta de manera profesional y no se aprovecha de ello para obtener una ventaja indebida. En caso de que se produzcan imprevistos que obliguen a complementar el contrato existente, el consultor informará sin demora al cliente de la naturaleza específica de tales acontecimientos y de la razón por la que no pudieron preverse inicialmente. En estos casos, los beneficiarios no pretenden obtener una ventaja indebida mediante honorarios onerosos o actividades innecesarias, sino que modifican el proyecto inicial proponiendo nuevas condiciones contractuales que probablemente habrían sido aceptadas en un acuerdo inicial.
Sobre la base del asesoramiento que se le ofrece, el cliente debe estar capacitado para tomar sus propias decisiones de forma libre, responsable e informada; por esta razón, PY favorece el enfoque en los intereses reales de la organización-cliente y los objetivos reales del asesoramiento.
Los destinatarios de este código no tratarán a sus clientes y/o potenciales clientes de forma arbitraria y desigual, diferenciándolos según la importancia económica y el tamaño del pedido, sino que les ofrecerán un servicio que respete las normas acordadas.
People Yield no discrimina a sus clientes por motivos religiosos, políticos, étnicos o de preferencias sexuales, pero -aunque no muestra preclusión hacia ningún cliente o categoría de clientes- no tiene ninguna relación, directa o indirecta, con personas de las que se sabe, o sólo se sospecha, que pertenecen a organizaciones criminales o que operan al margen de la ley.
El comportamiento adoptado se basa en el respeto a la confidencialidad de la información adquirida en el transcurso de la actividad, en cumplimiento de la normativa de privacidad vigente.
En concreto, los empleados no podrán divulgar, a través de las redes sociales, información de la empresa y/o de los clientes o, en general, información que aún no se haya hecho pública oficialmente, ni podrán abrir blogs y/o páginas dedicadas a la empresa sin el consentimiento previo y explícito del Administrador.
Los destinatarios de este código tienen absolutamente prohibido utilizar la información confidencial de los clientes para fines ajenos al ejercicio de sus actividades de consultoría y/o fuera de los límites previstos por la normativa vigente.
En caso de que los Destinatarios ocupen posiciones influyentes dentro de los procesos de revisión de la empresa que puedan tener implicaciones en la organización o distribución de los recursos, se comprometen a actuar conforme a los principios de igualdad, imparcialidad, integridad, profesionalidad y no discriminación. En concreto, no deben aceptar, ni del cliente ni de las personas pertenecientes a la empresa con las que haya entrado en contacto en el transcurso del asesoramiento, regalos y/o donaciones que puedan incluso dar sólo la apariencia de una limitación de su independencia e imparcialidad.
En general, no se permite ninguna forma de regalo que pueda ser, incluso sólo indirectamente, interpretada como una superación de las manifestaciones normales de cortesía permitidas en la práctica comercial, o en cualquier caso dirigida a obtener un trato favorable para la Empresa o de la Empresa.
Está absolutamente prohibido que los Destinatarios soliciten y/o acepten, directa o indirectamente, dinero y/o regalos y/o servicios favorables, si esto puede aparecer como contrapartida de un servicio debido en el ámbito de las actividades comerciales de la Empresa.
Si es imposible rechazar o devolver el regalo, o si el rechazo puede tener consecuencias negativas en la relación, el receptor del regalo debe informar sin demora a su superior directo, es decir, a la persona de contacto de la empresa, que evaluará las medidas a tomar.
People Yield se compromete a aplicar todas las medidas necesarias para prevenir y resolver posibles conflictos de intereses. En concreto, en el desarrollo de cualquier actividad, deben evitarse siempre las circunstancias en las que los consultores se encuentren en la situación, aunque sólo sea potencial, en la que los intereses y/o actividades personales o familiares afecten a la capacidad de operar en el interés total del cliente.

 

COLABORADORES Y EMPLEADOS PY

Las relaciones interpersonales en la empresa se basan en los principios de respeto, lealtad y transparencia. No se toleran las formas de explotación, aislamiento, acoso o inducción al estrés. La empresa protege al empleado contra cualquier posible acción de acoso.
La evaluación del personal a contratar se realiza en base a la correspondencia de los perfiles de los candidatos con los esperados y con las necesidades específicas de la Empresa.
People Yield garantiza una remuneración justa e igualitaria y oportunidades de carrera para todos los empleados. Mediante un proceso de evaluación justo y compartido, se revisa el perfil de cada empleado en un plazo definido por las políticas internas, reconociendo los posibles ascensos y la promoción profesional en función de los resultados obtenidos y el potencial de crecimiento.
La política de remuneración de los empleados se basa en el reconocimiento del mérito por la contribución realizada en términos de esfuerzo y resultados; el director del proyecto discute con el empleado las evaluaciones y decisiones que le afectan de forma transparente y objetiva.
People Yield no utiliza indebidamente las formas de prácticas, con el único fin de aprovechar la mano de obra cualificada barata sin ofrecer realmente un crecimiento profesional y garantizar su remuneración.
People Yield promueve la igualdad de género y la potenciación de la diversidad, persiguiendo, también mediante la creación de oportunidades de formación y cualificación profesional y dentro de los límites de las competencias de los empleados, la igualdad efectiva de oportunidades en el acceso a los puestos de responsabilidad de la empresa.
En lo que respecta a las decisiones relativas a la selección de personal y a la promoción profesional de los colaboradores y empleados, People Yield no discrimina por razones de género e identidad sexual, raza y creencias religiosas y políticas. En este sentido, se especifica que los ascensos y las promociones profesionales se explican expresamente, y eventualmente se reconocen, a todos aquellos que colaboran en la creación de valor añadido.
Los empleados están obligados a comportarse de forma siempre respetuosa con los derechos y la personalidad de sus compañeros, colaboradores y terceros, independientemente de su función en la empresa y de las circunstancias operativas en las que se encuentren. El respeto y la centralidad de los recursos humanos es un valor obligatorio para la empresa: los empleados están obligados a cumplir con este valor y con los principios que de él se derivan, comportándose con sus compañeros de forma que se promueva el establecimiento y el mantenimiento de un ambiente sereno, colaborativo y saludable.
Todas las decisiones empresariales deben tomarse en interés exclusivo de la empresa. Durante el desempeño de sus funciones, los Destinatarios deben evitar situaciones de conflicto de intereses derivadas de sus propias actividades personales o familiares (económicas o de otro tipo); en particular, todo lo que pueda interferir con su capacidad para tomar imparcialmente decisiones en el mejor interés de la Empresa.
Los empleados están obligados a observar un comportamiento público respetuoso con PY y con la organización cliente en la que trabajan, cuidándolos y evitando perjudicarlos, tanto dentro como fuera del contexto de la empresa, así como durante o después del horario de trabajo. En concreto, los destinatarios tienen el deber de proteger la imagen corporativa contribuyendo a su mejora y absteniéndose de todo aquello que, aunque sea indirectamente, pueda afectar a la reputación de la propia empresa.
Estos comportamientos deben aplicarse en los más diversos contextos públicos y/o privados, como entrevistas con candidatos, reuniones o cursos de formación, interacciones con clientes, publicaciones en redes sociales y, en general, en cualquier caso en el que la empresa sea representada (explícita o implícitamente) en el exterior.
Cualquier actuación debe basarse en el respeto a la persona, la imagen, el buen nombre de la empresa y su entorno de trabajo. Por ello, el uso y la gestión de los medios sociales deben garantizar la protección de la empresa y de las personas que trabajan en ella.
Además, los empleados, al publicar sus opiniones, deben especificar que tales orientaciones de pensamiento son de carácter personal y no comprometen en modo alguno la responsabilidad de People Yield.
El uso privado de las redes sociales -que puede repercutir en la imagen corporativa y en el ambiente de trabajo- debe basarse en el respeto a los principios de la empresa y en la conciencia de que su uso implica una responsabilidad personal. Por ello, los empleados deben evitar actitudes y comportamientos poco éticos que puedan dañar o distorsionar de alguna manera la imagen corporativa.
Los Destinatarios utilizarán con responsabilidad, orden y respeto las oficinas -tanto de la Empresa como de los clientes- y los equipos de la empresa, previendo la custodia de los bienes de la empresa que se les confíen (como ordenadores personales, teléfonos móviles y coches de empresa), entendiéndose que PY podrá exigir a los Destinatarios el pago de indemnizaciones por los daños y perjuicios causados por negligencia o descuido.
Cada empleado y colaborador está obligado a trabajar con diligencia para proteger los activos de la empresa mediante un comportamiento responsable y en línea con los procedimientos operativos establecidos para regular su uso.
En particular, en lo que respecta al uso de los sistemas informáticos, cada uno es responsable de la seguridad de los sistemas utilizados y está sujeto a la normativa vigente y a las condiciones establecidas en los acuerdos de licencia.
El uso personal de los equipos de la empresa (PC, teléfono móvil, coche) está permitido siempre que no perjudique la eficacia y funcionalidad necesarias para el desarrollo de las actividades laborales. En cualquier caso, el uso del correo electrónico de la empresa no debe ir en detrimento de la imagen y reputación de la misma.
También se exige a cada empleado y colaborador el compromiso necesario para prevenir la posibilidad de que se cometan delitos mediante el uso de herramientas informáticas.
Los Destinatarios son conscientes del valor estratégico y económico, para la Empresa, de las metodologías, procesos y documentos de trabajo desarrollados por People Yield, por lo que se comprometen a no divulgarlos externamente y, en caso de finalizar la relación laboral, a devolver a la Empresa cualquier documento o copia que esté en su poder.
Asimismo, los beneficiarios deben abstenerse de sacar provecho personal de los actos o informaciones de los que tengan conocimiento en el ejercicio de sus funciones.
Los empleados y contratistas no están autorizados a utilizar, de ninguna forma, el nombre y las marcas de la empresa para fines privados. El membrete sólo puede utilizarse para comunicaciones firmadas por un socio o gerente designado.
Los Destinatarios del código son conscientes y aceptan que todos los derechos de propiedad industrial e intelectual relativos a las creaciones y realizaciones intelectuales y a los productos y servicios resultantes del encargo profesional, están destinados a la plena y total propiedad y disponibilidad de People Yield.
En aras del decoro y el respeto a los compañeros y clientes, los Destinatarios deberán llevar una vestimenta formal tanto en la oficina como en las visitas o traslados a los clientes.
People Yield exige a sus empleados que conozcan y observen, en la medida de sus competencias, las prescripciones del Código Ético y, de forma compatible con las posibilidades individuales, que promuevan el conocimiento del Código entre los nuevos empleados, así como entre los terceros interesados en la aplicación del Código Ético, con los que entren en contacto por razones de su cargo.

COMPETIDORES

People Yield comparte el valor de la competencia leal, absteniéndose de realizar conductas que contrasten con las disposiciones comunitarias, nacionales y de las asociaciones que protegen la libre competencia.
Por lo tanto, People Yield no practica una competencia desleal sistemática destinada a arrebatar a un competidor sus recursos humanos, sus conocimientos confidenciales o sus relaciones con parte de la clientela con el único fin de imposibilitar su presencia en un segmento del mercado. No practicamos reducciones de precios, no sostenibles en función de los costes de los factores de producción, con el único fin de eliminar a los competidores y adquirir una posición dominante en el mercado, para poder abusar de ella obteniendo beneficios excesivos u ofreciendo servicios de mala calidad en detrimento del cliente.
En los contactos con empresas competidoras, los Destinatarios se abstendrán de revelar las condiciones (incluidas las económicas) practicadas por la Empresa, así como de discutir cuestiones como los servicios y productos ofrecidos, los métodos utilizados, la organización y las políticas internas.
People Yield, con el fin de lograr los intereses de sus partes interesadas, siempre trabaja de forma justa con todos los actores con los que se encuentra durante su asignación. Además, para los encargos en los que People Yield no dispone de todas las competencias o características operativas para gestionar la actividad, se compromete a seguir el encargo también de forma conjunta o asociada con otras empresas aunque sean competidoras (por ejemplo, ATI - Asociación Temporal de Empresas). En las relaciones ATI, las empresas asociadas no se consideran competidoras en lo que respecta exclusivamente al objeto de la ATI.
PROVEEDORES/SOCIOS PROFESIONALES Y COMERCIALES PY
Los procesos de selección y elección de proveedores se basan en los principios de legalidad, equidad y transparencia.
El consultor no se aprovechará indebidamente de las relaciones de dependencia contractual en las que puedan encontrarse los socios o proveedores debido a su insuficiente información sobre las actividades del consultor, especialmente cuando establezcan relaciones a largo plazo con beneficios por adelantado de los pagos e inversiones del proveedor.
Toda compra a favor de las Empresas del Grupo debe realizarse con lealtad, integridad, confidencialidad, diligencia, profesionalidad y objetividad de criterio.
Los destinatarios que participan en el proceso de compra:
- están obligados a cumplir con los principios de imparcialidad, transparencia, competencia e independencia en el ejercicio de las tareas y funciones que se les encomiendan;
- debe permanecer libre de obligaciones personales con los proveedores;
- deben informar al Órgano de Vigilancia de cualquier relación personal con los proveedores;
- debe mantener las relaciones y llevar a cabo las negociaciones con los proveedores de manera
que crea una base sólida para unas relaciones mutuamente beneficiosas y a largo plazo en
el mejor interés de la empresa;
- están absolutamente obligados a informar inmediatamente al Consejo de Supervisión de cualquier intento
o caso de alteración de las relaciones comerciales normales;
- no debe ofrecer bienes o servicios, en particular en forma de regalos, al personal de
otras empresas o entidades para obtener información confidencial o dirigir o
beneficios indirectos que son significativos para ellos mismos o para la empresa;
- no debe aceptar bienes o servicios de partes externas o internas a cambio de la divulgación de información confidencial o la iniciación de acciones o conductas destinadas a favorecer a dichas partes, aunque no haya repercusiones directas para el
La empresa.

COMUNIDAD SOCIAL

People Yield gestiona su negocio de forma compatible con el entorno y la sociedad que le rodea.
People Yield también se compromete a trabajar para sus clientes en actividades dentro del ámbito de los proyectos destinados a intervenciones de eficiencia energética, proporcionando análisis, servicios y medidas para mejorar la eficiencia energética en las instalaciones o locales de los clientes.

- RELACIONES CON LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

A los efectos del presente Código, se entenderá por Administración Pública, además de cualquier organismo público, también cualquier organismo administrativo independiente, persona física o jurídica que actúe como funcionario público o designado de la administración pública o como miembro de un organismo de las Comunidades Europeas o como funcionario de las Comunidades Europeas o como funcionario de un Estado extranjero.
No está permitido, ni directamente, ni indirectamente, ni a través de un tercero, ofrecer o prometer dinero, regalos o compensaciones, bajo cualquier forma, o ejercer presiones indebidas, o prometer cualquier objeto, servicio, actuación o favor a los directivos, funcionarios o empleados de la Administración Pública o a los responsables de un servicio público, o a sus familiares o convivientes, con el fin de inducirles a realizar un acto oficial o contrario a sus deberes oficiales, o a sus parientes o convivientes con el fin de inducirles a realizar un acto oficial o contrario a los deberes oficiales de la Administración Pública (esto también debe considerarse como el propósito de favorecer o perjudicar a una parte en un proceso civil, penal o administrativo, beneficiando así directa o indirectamente a la Empresa).
Quien reciba solicitudes explícitas o implícitas de prestaciones de cualquier tipo por parte de sujetos de la Administración Pública, según la definición anterior, deberá inmediatamente
- suspender todo trato con ellos;
- informar por escrito al Órgano de Vigilancia. Los requisitos indicados en el apartado anterior
Los párrafos no deben ser eludidos recurriendo a diferentes formas de ayuda y contribución que, bajo la apariencia de nombramientos, consultoría, publicidad, etc., tienen fines similares a los prohibidos por este párrafo. En el caso de que se entablen relaciones comerciales con la Administración Pública, incluyendo la participación en concursos públicos, es necesario operar siempre con respeto a la ley y a las correctas prácticas comerciales. En particular, no se deben realizar, ni directa ni indirectamente, las siguientes acciones
- ofrecer o proporcionar de alguna manera regalos;
- solicitar u obtener información confidencial que pueda comprometer la integridad o
reputación de cualquiera de las partes.
No está permitido utilizar o presentar declaraciones o documentos falsos o que certifiquen cosas que no son ciertas, u omitir información para obtener, en beneficio o en interés de la Empresa, contribuciones, financiación u otros desembolsos, cualquiera que sea su denominación, concedidos por el Estado, un Organismo Público o la Unión Europea.
Se prohíbe engañar a cualquier persona por medio de artificios o engaños con el fin de procurar un beneficio injusto para las Empresas del Grupo en detrimento de otras.
El "beneficio injusto" puede ser directo o indirecto y puede incluir, además de las aportaciones, financiaciones y otros desembolsos concedidos por el Estado, un Organismo Público y la Unión Europea, también concesiones, autorizaciones, licencias u otros actos administrativos.
Asimismo, queda prohibido utilizar las aportaciones, financiaciones u otros desembolsos, cualquiera que sea su denominación, concedidos a la Sociedad por el Estado, un Organismo Público o la Unión Europea para fines distintos a los que fueron asignados.
Se prohíbe alterar de cualquier manera el funcionamiento de un sistema informático o telemático o intervenir ilegalmente de cualquier forma en los datos, informaciones y programas contenidos en él o pertenecientes a él, con el fin de obtener un beneficio injusto en perjuicio de terceros.
La consultora se niega a pagar sumas de dinero o a intercambiar cualquier tipo de beneficio con personas que participan en el proceso de toma de decisiones para obtener la adjudicación de contratos públicos, y en general ajusta su conducta empresarial a los principios vigentes en materia de contratos públicos, comunitarios y nacionales.

- RELACIONES CON LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN

Los criterios de conducta en las relaciones con los medios de comunicación se basan en los principios de transparencia,
la corrección y la puntualidad.
Las relaciones con la prensa son mantenidas exclusivamente por el Director (salvo autorizaciones específicas).
Los Destinatarios observarán la máxima confidencialidad con respecto a la información relativa a los Clientes. La única información pública y libremente divulgable de la Empresa es la contenida en el sitio web www.activevalue.eu. Los Destinatarios se abstendrán de facilitar otras informaciones, rumores o noticias falsas o engañosas.

- RELACIONES CON LAS AUTORIDADES DE SUPERVISIÓN

Los beneficiarios están obligados a cumplir escrupulosamente la normativa vigente en los sectores relacionados con sus áreas de actividad y las disposiciones dictadas por las autoridades públicas de control competentes.
PY y los Destinatarios actúan respetando el principio de colaboración sincera. Las comunicaciones, los informes y las respuestas a las solicitudes enviadas a las autoridades públicas de supervisión deben elaborarse respetando los principios de exhaustividad, integridad, objetividad y transparencia.
Se prohíbe presentar hechos no veraces, aunque sean objeto de valoración, sobre la situación económica, financiera o patrimonial de la empresa u ocultar, con otros medios fraudulentos, la totalidad o parte de los hechos que se comuniquen sobre la misma situación.
En cualquier caso, está estrictamente prohibido obstruir a sabiendas las funciones de las autoridades públicas de supervisión de cualquier manera.

- RELACIONES CON LA AUTORIDAD JUDICIAL

En el desempeño de las actividades específicas, PY y los Destinatarios actúan de forma lícita y correcta, colaborando con la Autoridad Judicial y los órganos delegados por la misma si se realizan investigaciones contra ellos. En ningún caso PY o los Destinatarios se comportan de forma que puedan interferir o dificultar la administración de justicia. En particular, se prohíbe inducir a las personas llamadas a declarar ante la autoridad judicial que puedan ser utilizadas en un proceso penal contra PY y/o los destinatarios a no hacer dichas declaraciones o a hacerlas falsas.

SISTEMA DE SANCIONES EN CASO DE VIOLACIÓN DEL CÓDIGO

La violación de los principios establecidos en este código compromete la relación de confianza entre la empresa y sus directivos, empleados, colaboradores, consultores, clientes, etc., por lo que todas las infracciones serán evaluadas con prontitud, y eventualmente contrarrestadas mediante la adopción de medidas disciplinarias adecuadas y proporcionadas a la infracción, con independencia de la posible relevancia penal de dichas conductas y de la incoación de procedimientos penales en los casos en que sean constitutivas de delito.
El contenido de las medidas impuestas como consecuencia de las citadas infracciones se ajustará a lo dispuesto en la legislación vigente, el contrato individual y el código disciplinario. Las medidas también podrán dar lugar al cese de la relación laboral y a la indemnización de los daños y perjuicios sufridos.

APROBACIÓN DEL CÓDIGO ÉTICO Y SUS MODIFICACIONES

Se entiende que el Código Ético es respaldado por People Yield mediante su anuncio en www.activevalue.eu.
Cualquier actualización futura del presente Código Ético, debida a ajustes normativos, a la evolución de la concienciación civil o de otro tipo, se comunicará puntualmente a todos los Destinatarios.

DIFUSIÓN DEL CÓDIGO ÉTICO

El Administrador es responsable de garantizar el cumplimiento de este Código.
En particular, cualquier violación de los principios y disposiciones contenidas en el presente Código Ético deberá ser comunicada sin demora por correo electrónico certificado (PEC) a py@pec.people-yield.com.

 

Milán, 14 de octubre de 2021